CO300C: Subvenciones para promover la innovación y la sostenibilidad del comercio local y artesanal 2025
Para qué es la ayuda
El objetivo de esta ayuda es incrementar el número de empresas innovadoras, facilitando especialmente que las más pequeñas incorporen la innovación en las diferentes etapas de su proceso productivo.
Quién puede pedirla
Pueden ser beneficiarias de las subvenciones las personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado sin personalidad jurídica, que estén legalmente constituidas. Requisitos:
1. Comerciantes minoristas
a) Que desarrollen su actividad comercial en Galicia, que el domicilio social radique en la comunidad autónoma y que cumplan los requisitos establecidos legalmente para ejercer la. actividad.
b) Que, teniendo la condición de pyme, tengan un número de personas empregadas igual o inferior a 20, incluidas las personas en situación de autoempleo.
c) Que estén dados de alta en algunos de los epígrafes del IAE que se relacionan nos anexos II e III y que esta constituya la actividad para la que va dirigida la subvención.
d) Que desarrollen la actividad comercial en un establecimiento comercial con una superficie de exposición y venta igual o inferior a 300 metros cuadrados, excepto que la actividad comercial se encuadre en el epígrafe 653.1 del IAE.
2. Talleres artesanos
a) Que estén inscritos en el Registro General de Artesanía de Galicia. En caso de nuevos talleres, podrán solicitar la inscripción en dicho registro hasta el último día del plazo establecido para la presentación de solicitudes.
Plazos que existen para la solicitud
El plazo de solicitud es desde el 26/02/2025 hasta el 26/03/2025.
Líneas
1. Línea de digitalización e innovación comercial.
2. Línea de sostenibilidad ambiental.
3. Línea de sostenibilidad ambiental.
En qué consiste la ayuda
Línea 1 y 2
La subvención cubrirá el 80% de los máximos subvencionables por tipología de gasto, excluyendo el IVA.
Línea 3
El porcentaje de la subvención será el 80 % del investimento máximo subvencionable de 2.500 € (IVA excluido).
Qué gastos o acciones me cubre
Línea 1
Se considerarán subvencionables las siguientes actuaciones dirigidas a la digitalización del contorno comercial omnicanal y a la transformación digital del punto de venta y el modelo de negocio:
– Implantación o mantenimiento de página web con o sin venta online. La página web deberá cumplir los requisitos que figuran en el anexo IV.
– Hardware (sistema TPV o tablet), impresora de código de barras térmica 1D/2D y báscula digital.
– Software de gestión adaptado a la actividad comercial desenvuelta (programas de gestión comercial, de gestión logística del e-commerce, de factura electrónica, de pago, de control de stocks, tecnología RFID, etc).
– Herramientas de posicionamiento digital (SEO, SEM, ADS).
– Logística E-commerce, entendiéndose como el servicio de transporte para envíos en línea, que deberá cumplir los requisitos que figuran en el anexo IV.
– Gestor de redes sociales, que deberá cumplir los requisitos que figuran en el anexo IV, e imagen digital.
– Etiquetado electrónico para lineales de venta.
– Sistemas de click and collect y lockers digitales.
– Terminales de autopago para la clientela (self check out). – Soluciones de ciberseguridad.
– Asistentes virtuales y sistemas digitales interactivos (chatbots).
– Aplicaciones para dispositivos móviles (m-commerce). – Aplicaciones de realidad virtual y aumentada.
– Pantallas y escaparates virtuales con o sin interacción con la clientela.
Línea 2
Se considerarán subvencionables las siguientes actuaciones dirigidas a la mejora de la imagen, la eficiencia del local y de los recursos y la calidad del producto final:
– Obras de acondicionamiento y reforma de la superficie de exposición y venta del establecimiento comercial, adquisición de mobiliario auxiliar destinada a la mejora de la imagen comercial y adquisición de mobiliario expositivo de productos que sea necesario para el desarrollo de la actividad comercial y de uso exclusivo en la superficie de exposición y venta.
– Costes de los servicios profesionales de elaboración y redacción del proyecto de interiorismo y decoración del establecimiento comercial.
– Puertas automáticas con sensores de proximidad.
– Sistemas de iluminación energéticamente eficientes y sensores de presencia para la regulación automática de luces.
– Sistemas de climatización energéticamente eficientes.
– Actuaciones de mejora de la fachada y de aislamiento térmico y acústico y colocación de toldos y rótulos del establecimiento comercial.
– Adquisición, en régimen de propiedad, de equipaciones propias de la actividad comercial y artesanal que deberán ser en todo caso de primer uso; en concreto, maquinaria, herramientas o equipación auxiliar, de fabricación externa cualificada, directamente relacionada con la actividad comercial o artesanal, así como otra maquinaria, herramientas o equipación auxiliar, de fabricación externa cualificada, directamente relacionada con la actividad comercial que mejoren el diseño y la calidad del producto final.
Línea 3
Se considerarán subvencionables las siguientes actuaciones dirigidas a la reducción de las cantidades de embalaje mediante la adaptación de su tamaño y forma a la dimensión y formato de los productos:
– Cajas de tarjeta 100 % reciclado. – Sobres de tarjeta o papel 100 % reciclado.
– Papel vegetal.
– Rellenos para embalaje (rellenos vegetales y protecciones acolchadas de papel 100 % reciclado).
– Bolsas de papel 100 % reciclado.
– Bolsas de tela de algodón 100 %.
– Bolsas de tela de lino 100 %.
– Bolsas de tela de cáñamo 100 %
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